Reclamamos los intereses abusivos por ti y recuperas lo que pagaste de más. El límite del interés de demora en un préstamo personal está en dos puntos sobre el ordinario, y por encima se anula, también en Madrid.
Un préstamo abusivo es un crédito que te cuesta mucho más de lo que debería. Puede ser un préstamo personal, un crédito al consumo o uno preconcedido: lo que importa es la TAE y lo que te explicaron antes de firmar. En Madrid se reclama con dos argumentos, y basta con que prospere uno.
El tipo de interés real de tu préstamo, su TAE, está muy por encima del interés normal del dinero. La ley de 1908 lo llama usura, y un préstamo usurario es nulo: solo respondes por lo prestado.
Aunque el interés no llegue a usurario, si te escondieron el coste total, la comisión de apertura o el seguro vinculado, esas cláusulas decaen y se devuelve lo cobrado por ellas.
Míralo en tu contrato: TAE muy por encima del mercado de su fecha, comisiones de apertura o estudio, y un recargo de demora desmedido. Ese rastro es el de un préstamo reclamable.
Reclamamos financiación al consumo de Madrid en todas sus versiones, desde el banco de toda la vida hasta las plataformas online, con el mismo criterio y el mismo estudio gratuito.
Ese préstamo personal que pediste para salir de un apuro y acabó costando el doble entre intereses, comisión de apertura y seguro.
Financiación al consumo de cualquier importe, del coche a la reforma de casa, con una TAE que no se parece a lo que te dijeron.
La oferta preconcedida que aceptaste sin papeles de por medio y que resultó ser el crédito más caro de tu cartera.
Mucha gente cree que reclamar es solo dejar de pagar. Es más que eso: declarada la nulidad, te devuelven el exceso más el interés legal. No es una condonación; es que esa parte del contrato no debió existir.
Cuéntanos tu caso y ponemos cifras encima de la mesa, sin coste. Si no es reclamable, te lo diremos con franqueza.
Da igual que tu crédito sea de un banco, de una financiera de consumo (Cofidis, Cetelem, Santander Consumer, CaixaBank Consumer o Sabadell Consumer) o la financiación de tu coche: para saber si es reclamable miramos dos cosas.
El Banco de España publica cada mes el tipo medio de los créditos al consumo, y el interés legal del dinero se fijó en el 3,25 % para 2025. Enfrentamos tu TAE a esas cifras; si la supera de forma desproporcionada, hay usura y el contrato cae.
Revisamos una a una las condiciones: la comisión de apertura, el recargo por demora, el seguro de protección de pagos que acompañó al préstamo y las comisiones por reclamación de posiciones deudoras. Cada cláusula que no supera el control se anula.
Haz una estimación en 10 segundos, sin registros y sin compromiso. Después estudiamos tu caso real de forma gratuita.
Antes de reclamar conviene saber dónde pisas. En Madrid, los juzgados aplican la doctrina del Supremo sobre usura, transparencia y comisiones, y el proceso se sigue desde tu ciudad, sin desplazamientos.
Reclamar no te obliga a desplazarte: la ley sitúa el pleito en tu domicilio, de modo que tu préstamo se litiga en Madrid aunque el banco esté lejos. El artículo 52.2 de la LEC lo establece como fuero imperativo, y el 54.2 impide que una cláusula del contrato te lo arrebate.
La ley exige ahora un intento de acuerdo extrajudicial previo. Nosotros lo tramitamos y, si no hay respuesta, presentamos la demanda.
En Madrid la especialización en cláusulas abusivas recayó en el Juzgado de Primera Instancia 101 bis de Madrid (desde el 1 de junio de 2017), pero su competencia se ciñe a condiciones generales en contratos de financiación con garantía hipotecaria de persona física (cláusula suelo, vencimiento anticipado, gastos, multidivisa, IRPH). Los préstamos personales y el crédito al consumo sin garantía hipotecaria se reclaman ante los Juzgados de Primera Instancia ordinarios del partido judicial correspondiente.
Lo que han fijado el Tribunal Supremo y la normativa de consumo, aplicable en Madrid:
STS 265/2015, de 22 de abril (Pleno). Cuando la cláusula de demora de un crédito al consumo rebasa en más de dos puntos el interés remuneratorio, se tiene por no puesta y el consumidor recupera lo cobrado de más por ese concepto. Fuente: Tribunal Supremo (CENDOJ/CGPJ).
Ley de Represión de la Usura de 23 de julio de 1908 (Ley Azcárate), arts. 1 y 3, y STS 628/2015, de 25 de noviembre (Pleno). El carácter usurario no depende de un porcentaje fijo, sino de la distancia entre el interés pactado y el normal del dinero en la fecha del contrato; si es usurario, el contrato es nulo y solo se devuelve lo prestado. Fuente: Tribunal Supremo (CENDOJ/CGPJ).
El sentido de estas resoluciones no asegura por sí mismo el de tu caso, que dependerá de tu TAE y de la fecha de firma; lo revisamos con tus recibos, sin coste.
Da igual que tu préstamo sea de Madrid es la plaza donde se domicilian las grandes financieras de crédito al consumo que originan la mayor parte de préstamos personales y de financiación de coche en España: Santander Consumer Finance (Ciudad Grupo Santander, Boadilla del Monte, Madrid), Banco Cetelem, S.A.U. (crédito al consumo de BNP Paribas Personal Finance, Paseo de los Melancólicos 14A, Madrid) y WiZink Bank, S.A. (C/ Ulises 16-18, Madrid). Es, por tanto, el domicilio social desde el que operan buena parte de las entidades demandadas en litigios de usura y transparencia sobre crédito al consumo. o de otra financiera; el criterio legal no cambia y nos ocupamos de todo.
El contexto en Madrid. Según el CGPJ, en el segundo trimestre de 2024 la Comunidad de Madrid registró 2.094 concursos, la tercera comunidad con más procedimientos tras Cataluña y Andalucía, en un contexto de fuerte alza de los concursos de personas físicas no empresarias (que a nivel nacional aumentaron un 38,2% en ese periodo). Si buscas orientación, Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid, que gestiona la Oficina de Atención al Consumidor (C/ Ramírez de Prado 5 bis, Madrid), junto a la OMIC del Ayuntamiento de Madrid y la OCU, con sede en Madrid. es un referente en Madrid.
Que el préstamo esté firmado y aceptado no lo blinda. La ley permite revisar cada condición no negociada incluso años después. En Madrid eso significa que el tiempo no juega necesariamente en tu contra.
No hablamos de generalidades. STS 265/2015, de 22 de abril (Pleno): cuando la cláusula de demora de un crédito al consumo rebasa en más de dos puntos el interés remuneratorio, se tiene por no puesta y el consumidor recupera lo cobrado de más por ese concepto. Con ese respaldo reclamamos en Madrid (fuente: Tribunal Supremo (CENDOJ/CGPJ)).
Tres pasos, y solo el primero depende de ti: hacernos llegar el contrato. Lo demás lo asume el despacho.
Estudiamos tu contrato y tus recibos y calculamos el dinero que has abonado de sobra. Si no es reclamable, te lo advertimos de entrada.
Primero intentamos el acuerdo previo que exige la ley; si el banco no responde, demandamos y seguimos hasta el final.
El juzgado declara la nulidad y ordena la devolución. A partir de ahí, el dinero recuperado es para ti.
En 48-72 h sabes a qué atenerte. La duración del pleito la fija el juzgado, no el despacho, pero de gestionarlo nos ocupamos nosotros.
Un préstamo abusivo no se reclama con una plantilla. Hay que acertar con el enfoque y sostenerla con la resolución adecuada, y eso lo hace un especialista.
Y si además arrastras una tarjeta revolving o microcréditos, los reclamamos en el mismo caso. ¿Tu problema con la banca va más allá del préstamo? Consulta nuestro servicio de abogado bancario en Madrid →
No subcontratamos ni lo repartimos entre departamentos: lo lleva el mismo equipo desde el primer análisis hasta la sentencia.
Cubrimos todo el crédito al consumo abusivo, en cualquier provincia, y con la misma condición de siempre: si no ganas, no pagas.
«Me han llamado para decirme que ha salido una resolución favorable en uno de mis expedientes. Sin adelantar ni un solo céntimo, estoy muy contento, además de la atención y las explicaciones que me han dado cuando las he necesitado. Lo recomiendo al 100 %.»
«Rápidos y fiables.»
«Magníficos profesionales. Resolverán tu caso sin duda. Mención especial para Ana de recobros.»
Por supuesto. Como consumidor de Madrid demandas en tu propia ciudad, no donde esté el banco; y todo el proceso lo gestionamos nosotros online.
Sí. No hace falta una sentencia de tu Audiencia: la doctrina del Tribunal Supremo y la normativa de consumo vinculan a los juzgados de Madrid. Revisamos tu contrato sin coste.
La demanda entra en el juzgado de primera instancia de tu partido judicial; si hay recurso, lo resuelve la AP de Madrid. Tú no tienes que pisar el juzgado.
Hay varias formas de que un préstamo sea abusivo: un precio desbocado, una información previa que no te dejaba entender lo que ibas a pagar, comisiones sin servicio detrás o intereses de demora desmedidos. Basta con que prospere una vía.
Préstamos personales, créditos al consumo y préstamos preconcedidos, sean de un banco o de una financiera. Si además tienes una tarjeta revolving o un microcrédito, también los reclamamos: cada uno tiene su página.
Tanto como hayas pagado por encima del capital: intereses, comisión de apertura, seguros vinculados y recargos. Con tu documentación te damos una estimación aproximada antes de mover un papel.
Ni la antigüedad ni la cancelación cierran el caso: la nulidad por usura no tiene plazo. Reclamar pronto solo hace que la cifra sea mayor, porque la devolución se cuenta hacia atrás.
Sí. El impago no impide recuperar los intereses. Al final se recalcula la deuda y te ayudamos a salir de los ficheros de morosos.
Nos vale con el contrato del préstamo y alguna prueba de lo pagado. Sin nóminas, sin avales y sin coste: si falta algo, lo solicitamos nosotros a la entidad.
Nuestro modelo es sencillo: 0 € por empezar y un 25 % + IVA solo sobre lo que la entidad te devuelva. Si el caso no sale, no pagas nada.
¿Lo tuyo no es (solo) esto? También reclamamos otros productos financieros abusivos en Madrid.
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