Reclamamos los intereses abusivos por ti y recuperas lo que pagaste de más. Cuando el banco no informó con claridad de la TAE y del coste total, sus cláusulas no son transparentes, y en Jaén se anulan.
Lo aceptaste desde la app del banco y ahora llevas años pagando y la deuda apenas baja. Ese es el patrón: intereses altos, comisiones que no esperabas y algún seguro que no pediste. Cuando el préstamo cruza esa línea, se puede anular y recuperas lo cobrado de más.
El primer motivo para anularlo es el precio. Un interés notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado convierte el préstamo en usurario, y la nulidad arrastra intereses y comisiones.
La comisión de apertura y los gastos de estudio también entran aquí: si la entidad no acredita qué servicio retribuyen, se consideran abusivos y se devuelven.
¿Cómo saber si es reclamable? Revisa tres cosas: la TAE real de tu contrato, la comisión de estudio y lo que has abonado frente al capital que te ingresaron.
Cualquier crédito personal contratado desde Jaén entra en el estudio: lo importante no es quién te lo dio, sino qué interés te aplicó y qué te explicaron.
Préstamos personales de banco o financiera en los que la TAE real no se parece al interés que te dijeron al firmarlo.
El crédito que financió una compra concreta y llegó cargado de comisiones y seguros que nadie te explicó.
Ese dinero «ya aprobado» que te apareció en la app: se acepta en dos clics y trae un interés bastante peor de lo que aparentaba.
La devolución no depende de que sigas pagando: puedes reclamar estés al corriente o lo hayas terminado. En un caso se recalcula lo pendiente; en el otro, te devuelven lo cobrado de más. En ambos, la cifra sale de tus recibos.
La cifra sale de tus propios recibos. Mándanos el contrato y te damos una estimación realista, sin coste ni compromiso.
Sea un préstamo del banco, un crédito de una financiera de consumo como Cofidis, Cetelem o Santander Consumer, o la financiación de tu coche, el estudio parte de dos comprobaciones: cuánto cuesta de verdad y qué te explicaron.
El Banco de España publica cada mes el tipo medio de los créditos al consumo, y el interés legal del dinero se fijó en el 3,25 % para 2025. Ponemos tu TAE al lado de esas referencias; si la supera de forma desproporcionada, el préstamo es usurario y se anula.
Revisamos una a una las condiciones: la comisión de apertura, el recargo por demora, el seguro de protección de pagos que acompañó al préstamo y las comisiones por reclamación de posiciones deudoras. Cada abuso que aparece se reclama.
Haz una estimación en 10 segundos, sin registros y sin compromiso. Después estudiamos tu caso real de forma gratuita.
Reclamar en Jaén tiene un marco claro: la ley de usura de 1908, la normativa de crédito al consumo y una demanda que se presenta en tu partido judicial, no en la sede de la entidad.
No tienes que litigar donde esté la entidad. La normativa de consumidores fija el fuero en tu domicilio, así que el caso se lleva en Jaén. Es el fuero imperativo del consumidor que recogen los artículos 52.2 y 54.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Antes de acudir al juzgado, la ley pide un intento de acuerdo previo con la entidad; lo realizamos por ti y, si no prospera, demandamos.
Los préstamos personales y de crédito al consumo se reclaman ante los Juzgados de Primera Instancia del partido judicial correspondiente. El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Jaén está especializado, pero SOLO para cláusulas abusivas en préstamos con garantía hipotecaria (persona física); el crédito al consumo se tramita en los Juzgados de Primera Instancia ordinarios.
El respaldo normativo que invocamos en Jaén:
Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, y arts. 80 y 82 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Directiva 93/13/CEE). Cuando la entidad no informa con claridad de la TAE, del cuadro de amortización o de los seguros y comisiones vinculadas, incumple la ley de crédito al consumo y esas cláusulas decaen. Fuente: BOE / TJUE.
STS 265/2015, de 22 de abril (Pleno). En préstamos personales, un interés de demora superior en más de dos puntos al remuneratorio se declara abusivo y se elimina, quedando solo el interés ordinario. Fuente: Tribunal Supremo (CENDOJ/CGPJ).
Conviene analizar tu contrato en concreto: la usura y la abusividad se aprecian caso a caso. Ese estudio te lo hacemos gratis.
Tanto si tu crédito es de La histórica Caja de Jaén (Caja Provincial de Ahorros de Jaén) se integró en Unicaja en 2010, de modo que su negocio forma hoy parte de Unicaja Banco, entidad de origen andaluz que concede préstamos personales y al consumo en la provincia; además opera la Caja Rural de Jaén (Caja Rural de Jaén, Barcelona y Madrid, S.C.C.), cooperativa de crédito fundada en 1957 con sede en Mengíbar (Jaén). como de cualquier otra entidad, lo estudiamos y lo llevamos de principio a fin.
El contexto en Jaén. Según datos del CGPJ, en el segundo trimestre de 2024 se presentaron 2.518 concursos de acreedores en Andalucía, dentro de un fuerte repunte nacional de los concursos de persona física no empresaria (+38,2% interanual), reflejo del sobreendeudamiento de los hogares. Es un dato de contexto: el despacho no ofrece Ley de Segunda Oportunidad. Si buscas orientación, FACUA Jaén, delegación provincial de FACUA-Consumidores en Acción (Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía, con sede federal en Sevilla desde 1981). es un referente en Jaén.
No hace falta una ley nueva para tumbar un préstamo caro: la ley de usura de 1908 sigue vigente y con la normativa de consumo. Una anula el crédito cuyo interés se dispara sobre el normal del dinero; la otra expulsa del contrato las condiciones no transparentes. En Jaén usamos las dos.
Sobre esto ya hay criterio fijado: Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, y arts. 80 y 82 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Directiva 93/13/CEE), cuando la entidad no informa con claridad de la TAE, del cuadro de amortización o de los seguros y comisiones vinculadas, incumple la ley de crédito al consumo y esas cláusulas decaen. Es el marco que aplicamos en Jaén (fuente: BOE / TJUE).
Nos encargamos de todo el proceso, del primer escrito a la sentencia. A ti te mantenemos informado y poco más.
Estudiamos el contrato entero, cargos accesorios incluidos, y te decimos con franqueza si se puede reclamar o no.
Primero intentamos el acuerdo previo que exige la ley; si el banco no responde, demandamos y seguimos hasta el final.
Cuando la sentencia es firme, la entidad devuelve lo cobrado de más y el préstamo queda ajustado al capital que recibiste.
Del estudio a la respuesta pasan 48-72 h. Lo que tarde el juzgado no lo controla nadie, aunque el expediente lo movemos nosotros.
La diferencia entre ganar y perder está en el análisis del contrato y en conocer las resoluciones recientes sobre crédito al consumo. Por eso ponemos a un especialista en el tuyo.
Y si además arrastras una tarjeta revolving o microcréditos, los reclamamos en el mismo caso. ¿Tu problema con la banca va más allá del préstamo? Consulta nuestro servicio de abogado bancario en Jaén →
Aquí no te atiende un comercial. Tu reclamación la firma y la lleva un abogado especializado en productos financieros, de principio a fin.
Nuestro trabajo abarca préstamos abusivos, revolving y microcréditos en todo el país, y siempre bajo la misma regla: si no cobras, no cobramos.
«Magníficos profesionales. Resolverán tu caso sin duda. Mención especial para Ana de recobros.»
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«Me han llamado para decirme que ha salido una resolución favorable en uno de mis expedientes. Sin adelantar ni un solo céntimo, estoy muy contento, además de la atención y las explicaciones que me han dado cuando las he necesitado. Lo recomiendo al 100 %.»
Sí, y sin moverte de Jaén. La ley fija que reclamas en tu propio domicilio; el resto del trámite, judicial incluido, lo asumimos nosotros.
Se puede: la Ley de Usura de 1908 y la normativa de crédito al consumo amparan la reclamación en toda España, Jaén incluida. Revisamos tu TAE y tus comisiones gratis.
Ante los juzgados civiles de tu partido judicial y, en apelación, ante la AP de Jaén. Nosotros nos ocupamos de todo el procedimiento.
La línea la cruzan un interés desmedido para su época, una información previa que no llegó o comisiones que la entidad no puede justificar. Cualquiera de esas tres cosas basta.
Préstamos personales, créditos al consumo, preconcedidos y financiación en punto de venta. Revolving y microcréditos también, aunque cada producto tiene su propia vía de reclamación.
Todo lo que exceda del dinero prestado es recuperable: intereses, comisiones y seguros. Te damos el importe estimado con tus recibos antes de que decidas reclamar.
Puedes reclamar aunque hayan pasado años o el préstamo esté saldado: la nulidad por usura no caduca. Hacerlo pronto solo sirve para que la cantidad a recuperar sea mayor.
Estar en ASNEF o haber dejado de pagar no te cierra la puerta, al contrario: anular las cláusulas abusivas reduce lo que debes. Salir del fichero es parte de lo que gestionamos.
Lo esencial es el contrato; el resto (recibos, cuadro de amortización, correos de la entidad) ayuda pero no es imprescindible para empezar el estudio.
El estudio es gratis y solo cobramos a éxito: 25 % + IVA de lo recuperado. Sin recuperación, sin factura.
Tu problema puede ir más allá del préstamo. Estos son los otros frentes que cubrimos en Jaén.
El pago aplazado de tu tarjeta con una TAE desmedida: se anula por usura o por transparencia y recuperas lo cobrado de más.
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